El Ayuntamiento de Tolosa convoca el concurso de carteles para las fiestas de Carnavales del año 2025, según las siguientes bases:
BASES PARA EL CONCURSO DEL CARTEL CARNAVALES DE 2025
- Objeto del concurso: El objetivo del concurso es la elección del cartel que se utilizará para ilustrar la publicidad y cartelería que anunciará las Fiestas de Carnaval de Tolosa en su edición de 2025.
- Participantes: Podrán participar en este concurso aquellos/as artistas aficionados/as o profesionales que lo deseen.
En el concurso podrán presentarse hasta un máximo de tres obras por autor/a. - Presentación y caracteristcias de las obras. El cartel tendrá las siguentes caracteristicas:
- El texto que aparecerá en los carteles será Inauteriak 2025, otsailak 27 - martxoak 4 / TOLOSA.
- Tamaño: deberán presentarse en medida vertical y tendrán una proporción de 50 x 70 cm.
- Color y técnica: libre elección. Los trabajos se deberán presentar en formato digital en un archivo de imagen vectorial. En la fase 1, la resolución mínima del archivo será de 300 ppp y una capacidad máxima de 5 MB. El ganador deberá presentar su propuesta en un formato de máxima resolución.
- Textos: tanto el tamaño utilizado como la tipografía deben facilitar su correcta lectura.
- Estas obras deberán ser, necesariamente, originales en cuanto a su idea y contenido, y presentables públicamente. Es requisito indispensable que las obras sean obras originales (no copia o imitación de otras, sino fruto del ingenio del autor, al margen del uso de inteligencia artificial IA) e inéditas (que nunca han sido publicadas o dadas a conocer públicamente). Las obras que no cumplan estos requisitos serán descalificadas.
- Los carteles se presentarán en formato digital a través de una aplicación que al efecto dispondrá el Ayuntamiento de Tolosa en su web (www.tolosa.eus). En dicha aplicación se asignará un número a cada cartel, que será el número identificativo para el jurado.
- La autoría del cartel no podrá hacerse pública en ningún momento del proceso del concurso, ni por ningún medio, incluidas las redes sociales (instagram, facebook, twitter, You Tube, TikTok, etc.), lo cual será motivo de descalificación.
- En el nombre del fichero sólamente ha de constar el lema.
- Premios:
- La persona ganadora del concurso percibirá 1.500 €.
- Aunque las bases del concurso se publicarán en 2024, el ganador será nombrado en 2025 y el cartel que se preparará también será para hacer publicidad a los carnavales del año siguiente.
- Las bases han sido publicadas mediante tramitación previa, por lo que el premio de 1.500,00 euros queda condicionado a la existencia de crédito suficiente y adecuado en la partida presupuestaria 0800.226.06.338.00 del año 2025.
- Plazo de presentacion: Del 9 al 27 de diciembre, hasta las 14:00.
- Proceso selectivo y composición del Tribunal calificador. Se realizarán 2 fases de cara a la elección del cartel ganador:
- Un jurado seleccionará un cartel de todos los trabajos presentados.
- En enero se dará a conocer el cartel ganador/a.
- Será nombrado por el Departamento de Cultura, Fiestas y Juventud, y se garantizará que su composición cumpla con los criterios de igualdad de sexos.
- El tribunal está compuesto de la siguiente forma:
- Presidente: La Concejala Delegada de Cultura.
- Vocales: Tres especialistas en Diseño Gráfico o Bellas Artes.
- Secretaria: Tecnica de cultura, con voz pero sin voto
- Los/as miembros/as del jurado no podrán tomar parte en el concurso y deberán observar lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que a las causas de abstención y recusación se refiere.
- Los criterios establecidos para la valoración serán los siguientes:
- Calidad del trabajo presentado.
- Significado: Capacidad de presentación y representación del cartel de las fiestas de carnaval.
- Creatividad en el desarrollo de la propuesta.
- Obligaciones del jurado/a. El Tribunal, en el proceso selectivo, podrá descalificar en cualquier momento todos los trabajos en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- De dudosa autoría.
- Atenten contra la dignidad de las personas.
- Quienes consideren que se trata de un plagio de otras obras.
- Requisitos de las obras: Las imágenes utilizadas tenderán al equilibrio en la representación de los géneros, sin reforzar los roles y estereotipos tradicionales, evitando un tratamiento peyorativo de las diferencias de sexo, raza, edad, cultura u opción sexual. Tampoco deberán contener mensajes, imágenes o señal alguna con el consumo de alcohol o drogas.
Serán propiedad del Ayuntamiento de Tolosa el trabajo ganador/a así como todos sus derechos de reproducción. Podrá ser usado, asimismo, en los trabajos publicitarios que se consideren oportunos. En este caso, la persona autora no tendrá derecho a reclamación alguna ni a una compensación suplementaria al premio recibido. Además, se considerarán cedidos al Ayuntamiento de Tolosa todos los derechos de propiedad intelectual de la obra, sin contraprestación alguna. - No podrán ser beneficiarias/os de estos premios: Las personas o entidades en quienes concurra algunas de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre de 2003).
Los/as particulares o entidades que se hallen incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Tolosa, ni aquellas personas que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento hasta que dichas deudas sean efectivamente satisfechas y saldadas o cumplidas, salvo que las mismas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
El beneficiario del premio el ganador deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias. Tal y como se recoge en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General, el beneficiario podrá sustituir la presentación de los citados certificados por la autorización al Ayuntamiento de Tolosa para que compruebe si se encuentra al corriente en la realización de dichos certificados. Así mismo, el beneficiario no está obligado a presentar los citados certificados, podrá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones mediante declaración responsable. - Más información: Para más información sobre el concurso los/las interesados/as deberán ponerse en contacto con el Departamento de
Cultura, Fiestas y Juventud.
Horario de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas.
Para ello el teléfono es 943 67 03 83 y el correo electrónico festak@tolosa.eus - Normativa aplicable:La participación en el concurso supone la aceptación de estas bases. Contra estas bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:
- Con carácter previo a la impugnación del acuerdo, el interesado podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la adopción del correspondiente acuerdo. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
- En caso contrario, el interesado podrá interponer recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la adopción del correspondiente acuerdo, en lugar de recurso de reposición o contra la contestación al mismo. Dicho recurso deberá presentarse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián.
- Asimismo, en defecto de resolución expresa, tanto para poner fin al procedimiento como para dar respuesta al recurso de reposición, el interesado podrá interponer, en cualquier momento, recurso contencioso-administrativo. Dicho recurso deberá presentarse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián.
- Base de datos: Los datos personales serán tratados teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La legitimación para el tratamiento de los datos personales está basada en el consentimiento expreso de la persona interesada y en la aceptación de las bases reguladoras del concurso (art.6.1.a. RGPD). Asimismo, el consentimiento podrá ser retirado sin que ello afecte a la licitud de los yratamientos efectuados previamente.
Las personas participantes garantizan y responden de la veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de su información personal y de haber obtenido el consentimiento expreso exigido por la Ley Orgánica 3/2018, de las personas cuya imagen aparece en la obra presentada.
Asimismo, las personas participantes garantizan que cumplen con las exigencias de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y que cuentan con la oportuna autorización y/o habilitación legal para hacer uso en sus obras de la imagen de terceras personas.
Los datos serán conservados mientras sean necesarios para la gestión del concurso y, una vez finalizado, durante los plazos legalmente establecidos para dar cumplimiento a las obligaciones y responsabilidades impuestas por las leyes o normas de obligado cumplimiento, o cuando fuera requerida para ello por mandato de autoridad competente con arreglo a Derecho.
Los datos recabados son necesarios parala gestión del concurso, para contactar con las personas concursantes y para entregarles el premio.
No se tomarán decisiones automatizadas en base a datos ni se utilizarán para elaborar el perfil de la persona.
Los datos personales no serán comunicados a terceros ni transferidos a terceros países u organizaciones internacionales.
En caso de precisar de más información, dirigirse a la Casa de Cultura, llamar al tlfn. 943 670 383 o escribir a kultura@tolosa.eus.
Eranskina | Tamaina |
---|---|
![]() | 134.86 KB |
![]() | 751.62 KB |